miércoles, 5 de marzo de 2014

NACE UN NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL MEXICANO EN TODO EL PAIS











El Presidente Enrique Peña Nieto promulgó el nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales con vigencia y aplicación para todo el país, unificando todas las condiciones procesales de cada entidad federativa e implantando los Juicios Orales  como parte de  nuestro derecho procesal mexicano. Al respecto de estas modificaciones, nos habló la destacada abogada Annabel Parodi en días anteriores a la promulgación de este texto que reforma a fondo los juicios penales.





HABLANDO DE LOS ORALES
No es lo que ustedes están pensando. Me refiero a los Juicios  contemplados en el nuevo código Nacional de Procedimientos Penales en donde se implanta su oralidad, aunque en verdad, todos los juicios siempre han sido orales y no mímicos, ni siquiera aquellos que han necesitado un Perito en el lenguaje de los sordo mudos. Tanto el Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal como el Penal Federal siempre señalaron un procedimiento mixto en donde PREDOMINABA lo oral de lo escrito, aunque en la práctica resultaba todo lo contrario. Pero no ocurría el efecto oral  por falta de bondades del Proceso sino porque los litigantes no exigían el estricto cumplimiento de la norma. 
De el Código Procesal Nacional en materia penal, se alaba que en su letra señala, la presencia del juzgador en todas y cada una de las audiencias; situación que ya está contemplada en nuestra actual ley procesal y sin embargo los abogados no la aplican por falta de capacidad o por "el mal hábito burocrático" de que la audiencia se CELEBRA únicamente en presencia de el SECRETARIO de ACUERDOS del Juzgado,  quien muchas veces hasta se ARREBATA atribuciones que no le corresponden, como  reservarse los acuerdos de las solicitudes que las partes o los litigantes hacen de manera oral para convertir los juicios en escritos. Pero la falla es de las partes e impartidores; no de el texto procesal. Así también el incorrecto desarrolló de los Careos que mejor se optó por desaparecerlos y otros vicios que muchos  defensores no supieron o no exigieron aplicar en beneficio de sus defendidos. Coincido en que la falla es la aplicación  y muchas veces no el contenido. 
Sin embargo considero benéfico el surgimiento de este nuevo código procesal que no será el oro del Derecho como se anuncia al presumir  que habrá  rápidez en los juicios y en la impartición de justicia, siendo que no será así, por la corrupción e ineficacia de la mayoría de los jueces y de los abogados. Como ejemplo hay que observar lo lento e inoperantes de las controversias laborales en donde el procedimiento es noventa y cinco por ciento oral y resultan ser los juicios más tardados del país a pesar de que se esta ventilando un derecho de interés público.   Quizá lo que se pueda provocar más bien,  son sentencias exprés con malas aplicaciones. Lo benéfico de esta  reforma procesal en nuestro derecho, será el poder unificar la defensa y las ganancias con las cuales se vayan alimentando las mismas. Sin embargo para aquellos clientes que se impresionan por los trajes y los  abogados canosos creyendo que son garantía de experiencia, quiero desilusionarlos DICIENDOLES que con estas reformas, todos empezamos de cero en cuanto a la literalidad, sin embargo será una buena oportunidad para aquellos que confunden el hablar mucho con el pensar mucho. Con la unificación legal se ha logrado el avance más importante de las leyes en la historia de nuestro país, y no me refiero a la justicia sino al ahorro económico de  las casas editoriales como SISTA y Porrúa que ya no TENDRAN que mantenerse al tanto de las constantes reformas  e impresión de los códigos procesales vigentes en la materia para cada Estado.
El verdadero aporte al Derecho mexicano en los últimos años más que el código que ahora promulga el Presidente Enrique Peña Nieto, para mi punto de vista, fue la reforma a la ley de Amparo que promulgó Calderón al terminar con el  "efecto Otero" que sólo protegía a las partes involucradas y que ahora las declaratorias de inconstitucionalidad cubren a todos los ciudadanos y no solamente a las partes que impugnan. Ahora ya tenemos nueva ley pero la prioridad penal consiste también en la urgencia de mejorar nuestro Derecho PENITENCIARIO. Lo cierto es que estamos frente a un nuevo derecho Procesal Penal  que inevitablemente TRAERA sus nuevos vicios, virtudes, apreciaciones  y textos de jurisprudencia.  MAS EN www.somoselespectador.blogspot.com