Por: Lic. Raúl Varela González Respecto a las 10 REGLAS BASICAS QUE TODO DEUDOR O DEMANDADO
DEBE SABER, puedo resumir que toda persona que se vea involucrada en una
demanda mercantil, sea deudor o no, aval u otro tipo de garante, tiene derecho
a una defensa marcada en la ley y en la jurisprudencia, por lo que no se deben
de preocupar, se deben de ocupar.Una persona informada es el mejor abogado en esos momentos
tan molestos en que nos visitan en nuestro domicilio para una práctica de un
embargo o requerimiento de pago, por ello pongo a su disposición las siguientes:
1.- EL ARTÍCULO 17 CONSTITUCIONAL ESTABLECE QUE NADIE PUEDE
SER PRIVADO DE SU LIBERTAD.Deja de tener miedo, no te vas a ir a la cárcel por deudas
de carácter civil, la Constitución y te protege.
2.- SI DEBES ALGUNA CANTIDAD DE DINERO TIENES QUE SER
DEMANDADO Y VENCIDO EN JUICIO PARA QUE TE CONDENEN AL PAGO DE UNA CANTIDAD
CIERTA Y EN DINERO.Toda persona tiene el derecho humano de un debido proceso en
el que podrás defenderte a efecto de acreditar que no debes la cantidad
demandada, que debes menosdinero que el reclamado o que el interés que toe
cobran es mayor al que está permitido.
3.- CUANDO HAGAS UN PAGO PARCIAL TIENES EL DERECHO DE QUE TE
PROPORCIONES UN RECIBOO RESPECTIVO O BIEN SE ANOTE EN EL ANVERSO DEL TITULO DE
CREDITO las cantidades pagadas.Mediante un juicio pasado por todas sus etapas, sentencia,
apelación y amparo, será la única forma en que realmente estas obligado a lo
que se haya resuelto tanto en el pago de suerte principal como intereses y
otras prestaciones complementarias.
4.- EL ARTÍCULO 1362 DEL CÓDIGO DE COMERCIO SEÑALA QUE EN UN
JUICIO SEGUIDO POR DOS O MÁS PERSONAS, PUEDE PRESENTARSE UN TERCERO UNA ACCIÓN
DISTINTA A LA QUE SE DEBATE, ESTE NUEVO LITIGANTE SE LLAMA TERCERO.Por ello si tú no eres el deudor principal o te embargaron
bienes de tu propiedad que no son del deudor puedes defenderte utilizando esta
figura jurídica. Todo tiene solución.
5.- EL PERSONAL QUE SE PRESENTA EN TU DOMICILIO TENDRA QUE
INDENTIFICARSE PLENAMENTE CONTIGO Y ENSEÑARTE EL NUMERO DE EXPEDIENTE Y ORDEN
DE EMBARGO EN SU CASO.Que no te sorprendan los despachos jurídicos haciendo
cobranza extra-judicial, ELLOS NO PUEDEN EMBARGARTE, exige una identificación
oficial de los Tribunales.
6.- TEN A LA MANO LOS DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA PROPIEDAD
DE TUS BIENES MUEBLES E INMUEBLES, COMPROBANTE DE DOMICILIO, ACTA DE MATRIMONIO
E IDENTIFICACIÓN.Con estos documentos puedes evitarte mil problemas
enseñándole al notificador o ejecutor algunas inconsistencias en la diligencia,
acostúmbrate a tener un folder con estos documentos.
7.- VE CREANDO UNA CULTURA DE RESPONSABILIDAD MERCANTIL Y
OBLIGACIONES FINANCIERAS.Trata de que tus deudas sean acorde a tus ingresos, no te
comprometas a cubrir montos mayores a tus ingresos, si no lo haces te expones a
que seas demandada por tu incumplimiento a una obligación de pago.
8.- SI FIRMAS UN PAGARE Y HACES PAGOS PARCIALES QUE SE
ANOTEN EN EL ANVERSO DEL DOCUMENTO.Efectivamente no caiga en engaños, la ley solo reconoce los
pagos que se anotan en la parte posterior del pagare, no te arriesgues y si ya
liquidaste el pagare que te lo devuelvan en el mismo acto del finiquito. 9.- SI
ALGUIEN TE SOLICITA SER AVAL O FIADOR, CHECA QUE SE ASOLVENTE PORQUE SI NO PAGA
TU TENDRaS QUE CUBIR SU ADEUDO.En nuestra sociedad es muy común que algún familiar o amigo
te pida ser aval o fiador, mi consejo es NO LO HAGAS, pero si tienes que
hacerlo trata de que se establezca que eres un fiador o aval parcial o que
respondes de manera subsidiaria.
10.- SI TIENES UN PROBLEMA LEGAL CONSULTA UN ABOGADO EN
CUANTO ANTES.Sé que un abogado es caro, pero será más caro si no consulta
uno, así que no dudes en llamarme con gusto te atenderé en el siguiente número
55 5415 3517 o al correo electrónico iusvarela@gmail.com. Lic. Raúl Armando
Varela González.Más en www.somoselespectador.blogspot.com